Entrar
Nom:

Contrassenya:




Buscar
Actes : La proposta del tren no compleix la normativa europea!
Enviat per barbara actiu 21/5/2007 13:42:15 (1548 Lectures)

El projecte de la Variant del Tren a Figueres (trasllat de l’estació a Vilafant) incompleix una directiva europea (2001/42/CE) perquè no fa un estudi de les alternatives possibles al projecte. Per aquest motiu la plataforma Defensem el Tren de l’Empordà ha entrat al registre del Ministerio de Medio Ambiente un escrit de queixa on es demana que es faci complir la llei vigent. Aquesta carta també argumenta contra la solució proposada per precipitada, parcial i transitòria i exposa la nostra preocupació perquè l’Empordà i les necessitats dels que hi vivim, siguin sacrificats pels interessos exclusius d’unes grans constructores.
A continuació trobeu la carta enviada a la ministra Cristina Narbona:



EXMA. SRA. MINISTRA DE MEDIO AMBIENTE
Ministerio de Medio Ambiente
Plaza de San Juan de la Cruz, S/N
28071 Madrid
Don Lluís Benejam i Vidal, en nombre y representación, en
calidad de Presidente, de la asociación IAEDEN (Institució Alt Empordanesa per a l'Estudi i Defensa de la Natura) inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Girona con el número 790, sección 1, y con domicilio a efectos de notificaciones, en la Calle Sant
Vicenç, número 30 1r piso de Figueres (CP 17600)
COMPARECE Y EXPONE
I.- Actúa en nombre propio y, a su vez, en nombre y representación, en calidad de Presidente, de la asociación IAEDEN (Institució Alt Empordanesa per a l'Estudi i Defensa de la Natura) inscrita en el Registro Provincial de Asociaciones de Girona con el número
790, sección 1, y con domicilio en la calle Sant Vicenç, número 30, 1r piso de Figueres. Con teléfono 972 670531. Se acompaña como anexo I una copia de los estatutos de esta Entidad
II Actúa también en nombre de la plataforma cívica denominada DEFENSEM EL TREN DE L'EMPORDÀ, cuyos objetivos son la defensa del tren de cercanías del Empordà y del desarrollo territorial sostenible y racional.
MANIFIESTA
1.- Recientemente ha concluido el plazo de exposición pública del Estudio Informativo de la Línea Barcelona – Portbou. Variante de Figueres, proyecto elaborado a iniciativa del Ministerio de Obras Públicas, y que fue expuesto al público a través del anuncio
publicado en el BOE del día 29-12-2006.
2.- Se han presentado múltiples alegaciones oponiéndose a este Estudio Informativo, y, entre ellas las presentadas por esta entidad. Se acompaña como documento anexo 2, copia de dichas alegaciones.
3.- La intención de este escrito no es la de reproducir los argumentos en los que se basan los escritos de alegaciones, si no la de poner de manifiesto nuestra queja porqué dicho estudio informativo no dispone de la documentación mínima de evaluación ambiental ni del análisis de posibles alternativas a la variante del tren que se propone.
4.- La ausencia de dicha documentación de evaluación ambiental creemos que invalida de raíz la propuesta técnica del Estudio Informativo, por las siguientes razones:
a) Conculca la Directiva 2001/42/CE de evaluación de planes y programas, y, en concreto de su artículo 5 en el que establece que “se evaluarán los probables efectos significativos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa, así como unas alternativas razonables que tengan en cuenta los objetivos y el ámbito de aplicación geográfico del plan o programa.”
Y, conculca la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, ley que reconoce que “uno de los objetivos principales de esta Directiva, es el fomento de la transparencia y la participación ciudadana a través del acceso en plazos adecuados a una información
exhaustiva y fidedigna del proceso planificador “
b) La inexistencia del examen de alternativas ( razonables ) y el análisis de sus posibles afectaciones ambientales y territoriales, (ausencia del informe de evaluación ambiental) impide el normal ejercicio del derecho de participación ciudadana, y a su vez, incrementa la opacidad del proyecto y del proceso de toma de decisiones de los poderes públicos, que pueden precipitar decisiones erróneas con afecciones ambientales y territoriales irreversibles, precisamente porqué, desde un principio, han prescindido de la evaluación de los aspectos ambientales del proyecto, entre cuyos aspectos debería tomarse en consideración el examen de las alternativas razonables.
5.- Nuestra preocupación, va en aumento y es compartida por un mayor número de ciudadanos, a medida que se evalúan o se reflexiona sobre otros aspectos significativos:
el estudio informativo no examina la viabilidad del paso de trenes de mercancías por su trazado, de manera que desde distintos sectores empresariales, se plantea la necesidad de otra variante ferroviaria que pueda garantizar el paso de trenes de mercancías de gran tonelaje. El Estudio Informativo expuesto al público y el proyecto de variante tampoco examina ni resuelve la necesaria, suponemos, conexión con el Centro Intermodal de Mercancías de los municipios de El Far y Vilamalla, colindantes con el municipio de Figueres. En definitiva, el territorio puede verse fragmentado, no sólo, con la variante
planteada por el Estudio Informativo, sino que la transitoriedad y parcialidad de la solución propuesta, creemos que de forma excesivamente improvisada, puede plantear mayores problemas, y obligar en un futuro próximo, al trazado de otra variante por el Este de
Figueres, a parte de mantener el trazado convencional. Con ello, el resultado seria el de triplicar el número de vía férreas, en un pequeño espacio territorial, ya de por sí, fragmentado en exceso.
Por todo lo expuesto,
SOLICITA
1.- Que tenga por presentado el presente escrito y por formulada la correspondiente queja ante la ausencia de alternativas razonables al Estudio Informativo de variante de Figueres. Ante la falta de transparencia y los efectos negativos de esta falta de información en cuanto dificulta o impide la participación ciudadana en el proceso de la
toma de decisiones por parte de los responsables del proyecto, así como la ausencia de la información o evaluación ambientales mínimas exigibles de los efectos de un proyecto de estas características, que promueve la administración pública, a través del Ministerio
de Fomento.
2.- Que, una vez examinados o acreditados los motivos de queja expuestos, adopte lo que estime corresponda, en orden a la procedencia de la retroacción de las 2 actuaciones seguidas hasta la fecha en la tramitación de dicho Estudio Informativo, a los
efectos de completar la documentación expuesta al público, con el análisis de las alternativas razonables y su evaluación económica y ambiental, incluyendo entre ellas, el examen de la viabilidad de la vía actual, manteniendo el tramo actual, o su soterramiento, o bien su desmantelamiento, (con la estimación del coste previsible y plazos) así como el examen de la viabilidad o necesidad futura de construir otra u otras variantes (por el Este del trazado del tren convencional?) para garantizar el paso de trenes de mercancías de gran tonelaje, y su conexión entre el Puerto de Barcelona y el área intermodal de El Far –
Vilamalla, y a su vez, con el norte de Europa, en una apuesta decida y eficaz por la reducción en la producción de gases de efecto invernadero que el exponencial incremento del transporte de camiones provoca. Y, la ponderación, si cabe, de otras alternativas y sus
consecuencias previsibles sobre el territorio y el medio ambiente.
3.- Con carácter subsidiario, y en el supuesto que no pueda atenderse la petición anterior, rogamos nos informen de los motivos por los cuales no resulta razonable atender nuestras demandas, y, en su caso, si el proyecto de variante de Figueres responde o se plantea para dar respuesta, exclusiva y temporalmente, a los compromisos contractuales adquiridos (y cuáles puedan ser, en los aspectos económico y temporal) en la ejecución de las obras del túnel transpirenaico del TAV, de la Jonquera, información que, en su
caso, estimamos, resulta relevante a los efectos de comprender los motivos de la ausencia de alternativas y las consecuencias ambientales y territoriales de dicha decisión, y que no ha sido explicitada hasta el momento.
Figueres, 30 de abril de 2007

Versió imprimible Enviar a un amic Crear un document PDF amb el comentari
Els usuaris son responsables dels seus propis comentaris.
Powered by XOOPS 2.0 © 2001-2008 The XOOPS Project